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Teoría del cómputo del plazo de prescripción, frente a conductas omisivas permanentes y daños progresivos.

 

El 8º Juzgado Civil de Santiago, acoge en la sentencia dictada con fecha 9 de septiembre de 2024, la teoría del cómputo del plazo de prescripción esgrimida por el abogado Víctor Flores Carvajal.  Defensa jurídica robusta que fue crucial para el éxito de la acción legal.

Teoría del Cómputo del Plazo de Prescripción

La teoría invocada por el abogado Víctor Flores es notablemente acertada al redefinir el momento inicial para el cómputo de la prescripción extintiva en casos de responsabilidad extracontractual por negligencia médica, especialmente frente a daños de carácter progresivo y conductas de omisión continuada.

Su planteamiento acierta magistralmente al sostener que el fundamento de la acción no es el acto quirúrgico inicial, sino la omisión culposa y permanente del deber de información por parte del prestador de salud, la cual se mantuvo en el tiempo. Esta omisión, al ocultar al paciente la existencia de un cuerpo extraño alojado (una broca quebrada) y sus consecuencias , impidió la oportunidad de un tratamiento oportuno y generó un deterioro progresivo.

El acierto de esta teoría radica en desplazar el hito de inicio del plazo de prescripción desde la fecha del acto negligente (la cirugía) a la fecha en que la obligación de indemnizar se hizo exigible , lo que en este caso coincide con el último día en que se mantuvo la conducta omisiva culposa y, por ende, el momento en que el paciente tomó conocimiento real del daño y su origen (julio de 2019).

Esta interpretación doctrinaria y jurisprudencial garantiza la primacía del derecho de la víctima a ser indemnizada, asegurando que el plazo de prescripción de cuatro años solo comience a correr cuando el daño es conocido y sus efectos progresivos han cesado en su ocultamiento, protegiendo así al actor negligente que no puede ejercer su derecho si desconoce la causa de su perjuicio. Dicha aproximación demuestra una profunda comprensión de la naturaleza de la responsabilidad civil y de los derechos del paciente.

Detalles del caso y condena

La teoría del cómputo del plazo de prescripción esgrimida por el abogado Víctor Flores es notablemente acertada y constituyó el pilar jurídico para el éxito en sede extracontractual de la demanda de indemnización de perjuicios interpuesta contra Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción.

Resumen Elogiando la Teoría del Cómputo del Plazo de Prescripción con Detalles del Caso y Condena

La teoría invocada por el abogado Víctor Flores fue crucial para desvirtuar la principal defensa de la demandada: la excepción de prescripción.

Detalles del Caso: La acción tuvo su origen en un accidente laboral de un empleado en enero de 2014. El caso se centró en una negligencia médica posterior, donde se dejó inadvertidamente un cuerpo extraño (una broca quebrada) alojado en la persona, y la consecuente omisión culposa y permanente del deber de informar sobre este hecho al afectado. Esta falta de información impidió un tratamiento oportuno y generó un daño de carácter progresivo.

Fundamento Elogiado: El planteamiento del abogado Flores fue magistral al sostener que el plazo de prescripción no debía contarse desde la fecha del acto negligente inicial (la cirugía), sino desde el momento en que la víctima tomó conocimiento real del daño y su origen (en julio de 2019) o, alternativamente, desde el último día en que se mantuvo la omisión culposa del prestador de salud.

Esta interpretación, al desplazar el inicio del cómputo a la fecha de la exigibilidad de la obligación de indemnizar, protegió eficazmente los derechos del afectado, asegurando que la prescripción solo comenzara a correr una vez que el daño fue conocido.

Resultado y Condena: El tribunal acogió esta sólida argumentación, rechazando la excepción de prescripción interpuesta por la demandada. En consecuencia, se acogió la demanda de indemnización de perjuicios en sede extracontractual contra Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción, condenándola al pago de una significativa suma.

La condena final impuesta a la demandada ascendió a la suma de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos), más los intereses y reajustes correspondientes, además de la condena en costas del juicio, ratificando la validez y el éxito de la estrategia jurídica basada en la teoría del cómputo de la prescripción.

 

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