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Histórico fallo condena a Clínica Sierra Bella

Histórico fallo condena a Clínica Sierra Bella por negligencia en parto que dejó a recién nacido con parálisis cerebral

El Primer Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda de indemnización de perjuicios intyerpuesta por el abopgado Víctor Flores C. en contra la Sociedad Comercial e Inversiones Sierra Bella Limitada (continuadora de la ex Clínica Madre e Hijo), tras acreditarse graves faltas a la lex artis durante el nacimiento y un retraso injustificado en el traslado de urgencia del menor.

Un caso que estremece por su crudeza ha llegado a su resolución judicial. El tribunal capitalino condenó a la Clínica Sierra Bella (conocida anteriormente como Clínica Madre e Hijo o Clínica Santa Rosa) al pago de una millonaria indemnización tras las negligencias sufridas por Paulina Montero Soza y su hijo, L.E.A.M., durante el parto ocurrido el 15 de agosto de 2018.

Un parto marcado por la espera e impericia

Los hechos se remontan a agosto de 2018, cuando  xxxx  ingresó al centro asistencial con un embarazo controlado y sin patologías previas. Pese a presentar intensos dolores y solicitar una cesárea de urgencia, el equipo médico decidió esperar durante horas la llegada del ginecólogo titular.

Fue recién cerca de las 20:30 horas cuando, ante la inminente pérdida de los signos vitales del bebé, se procedió a una extracción manual traumática. Según el relato de la madre contenido en la sentencia,  según relato de la madre, el médico a cargo le gritó: «sea valiente, voy a desgarrarla para sacar a su hijo que se muere». El menor nació con depresión neonatal severa y asfixia, tras haber aspirado líquido amniótico con meconio.

 

El drama del traslado y la «Ley de Urgencia»

La negligencia no terminó en el pabellón. Pese a que el neonatólogo emitió una orden de traslado inmediato a las 21:40 horas debido al riesgo vital del recién nacido, el menor solo ingresó al Hospital Luis Tisné 17 horas después.

La sentencia establece que la clínica condicionó el traslado al pago de sumas de dinero y la firma de pagarés, vulnerando la normativa vigente. Este retraso fue crítico: el bebé perdió la «ventana de tiempo» ideal (las primeras 6 a 12 horas) para recibir terapia de hipotermia, lo que habría ayudado a mitigar los daños neurológicos.

Consecuencias de por vida

Hoy, el menor padece parálisis cerebral distónica, epilepsia y retraso psicomotor severo, condiciones que lo mantienen postrado y dependiente de cuidados permanentes. El tribunal determinó que la clínica no logró probar que actuó con la diligencia debida ni que el resultado fuera inevitable.

La Condena

La jueza Isabel Zúñiga Alvayay, del Primer Juzgado Civil de Santiago, resolvió condenar a la demandada al pago de $100.000.000 (cien millones de pesos) por concepto de daño moral para la madre, dada la afectación devastadora en su vida y salud psicológica; y  $270.130 por daño emergente, correspondiente a los gastos médicos directos del procedimiento negligente.

Este fallo reafirma la responsabilidad de los centros de salud no solo en la ejecución técnica de los procedimientos (obligación de medios), sino también en el cumplimiento estricto de los protocolos de urgencia y traslados vitales.

Fuente: https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/136440

 

*** Si usted o un familiar ha sido víctima de una situación similar,  le orientamos sobre sus derechos y las vías legales para buscar justicia.

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