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Dr. Rodrigo Arriagada Demetrio condenado por mala praxis médica.

Víctor Manuel Flores Carvajal,  abogado en representación de la familia demandante, en causa  ROL C-90-2021, seguida  ante  el Primer Juzgado de Letras de Temuco,  demandó  al  Dr. Rodrigo  Arriagada Demetrio,  por conducta  negligente omisiva e infractora a la lex artis médicaen  el procedimiento de biopsia en la que se  acordó con la paciente, doña Dominique Muñoz Garrido,   la extirpación del ganglio centinela.

Explica el abogado Flores que de acuerdo a la tipificación del cáncer que presentaba doña Domique Muñoz,  el  médico demandado informó  la necesidad de extirpar  el ganglio centinela para prevenir una metástasis. Prueba  lo anterior, el formulario de consentimiento informado presentado en el juicio, donde se expresa,  «realización  de  biopsia  y extirpación  el ganglio centinela»,  extirpación  que  el Dr. Rodrigo Arriagada  no realiza, privando a la paciente  de la oportunidad de recibir un tratamiento con mejores espectativas de éxito, evolucionando de manera tórpida y  rápida metástasis, hasta que fallece. 

Indemnizacion de los daños morales sufridos con ocasión de la perdida de oportunidad de aplicar un  tratamiento adecuado. 

Falta de opotunidad  que  a juicio del tribunal de primera instancia, reune la entidad sufciente para dar por acreditados los daños morales demandados.  El fallo  cita  lo expresado  por la  Corte Suprema,   en causa Rol   11.526-2017 :

9°.- Que entre nosotros se ha sostenido que: La pérdida de una chance se encuentra entre estas últimas hipótesis (cuando no se sabe lo que habría ocurrido en el futuro de no haberse cometido el hecho ilícito), esto es, incide en la frustración de una expectativa de obtener una ganancia o de evitar una pérdida. Pero, a diferencia del daño eventual, en los casos de pérdida de una oportunidad puede concluirse que efectivamente la víctima tenía oportunidades serias de obtener  el  beneficio  esperado  o  de  evitar  el  perjuicio,  tal  como  ya  se  ha mencionado, destacando enseguida que se trata del caso de una víctima que. tenia oportunidades de obtener un bien aleatorio que estaba en juego (ganar un proceso, recobrar  la salud, cerrar un negocio,  acceder a una profesión, etcétera) y el agente, al cometer el hecho ilícito,  destruyó ese potencial de oportunidades     (olvidó apelar,    no    efectuó un    examen,    omitió certificar    un documento, lesionó al postulante, etcétera). La víctima en todos estos casos se encontraba inmersa en un proceso que podía arrojarle un beneficio o evitarle una pérdida (tratamiento médico, apelación de una sentencia, preparación de un examen, etcétera), y el agente destruyó por completo con su negligencia las chances que la víctima tenía para lograr tal ventaja.

 

 

Dr. Rodrigo Arriagada Demetrio, condenado por mala praxis médica.

Recomendaciones de las Guías Clínicas Auge de Tratamiento de Cáncer de mama.

 

Confirma lo expuesto por el abogado Flores, las  Guías Clínicas Auge de cáncer de mama (noviembre de 2015), donde se recomienda que en personas con ganglio centinela positivo en estadios I y II (que es el caso de la demandante),  se recomienda la disección axilar, si, entre otras situaciones, no se ha podido realizar el estudio del ganglio para definir la linea de tratamiento.  En el caso de la paciente demandante, no se extirpo el ganglio centinela, tamposo se  realiza el estudio ganglionar para definir una correcta línea de tratamiento. Además se  omite  en  las sesiones de  radioterapias,   irradiar la zona supraclavicular, lo que sin duda contribuyó a la evolución topida de la paciente con la consiguiente metastasis del cáncer que en un comienzo se encontraba localizado.  Así el médico demandado infringe aspectos básicos en la atención de la paciente,  contenidos en las Guías Clínicas Auge de Tratamiento de Cáncer de mama.

 

 Factores de riesgo que debía considerar el Dr. Rodrigo Arriagada Demetrio para extirpar el ganglio centinela.

 

Destaca la sentencia  «Por último, es un hecho indiscutido, por haber sido pacífico y por también fluir con claridad de las probanzas técnicas, que la paciente tenía factores de riesgo para considerar que era necesario adoptar los mayores resguardos disponibles por la medicina. En este sentido, el demandado don Rodrigo Arriagada indicó en su escrito de contestación de demamda:   Se trata de un cáncer Lumina b desde punto de vista molecular, eso quiere decir que tiene receptores de estrógeno y progesterona positivos, es decir requiere de este tipo de hormonas para su evolución, ademas de tener un Ki 67 muy alto, de 60%, este es un marcador de agresividad en la forma o velocidad de reproducción de las células cancerígenas. Lo anterior, sumado a la edad de la paciente, 29 años al momento de la consulta,  hacen desde un inicio una enfermedad  con alta probabilidad de diseminación sistémica.

Concluye el fallo  que la declaración efectuada por el Dr. Rodrigo  Arriagada Demetrio,   en su escrito de constestación de demanda, confirma  su  conducta omisiva  y negligente,  consistente en no extirpar en ganglio centinela, pese a estar en conocimiento de todos los factores de riesgo  que poseía doña Dominique Muñoz Garrido, una mujer joven que recién había dado a luz a su primer hijo.

 

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Víctor Manuel Flores Carvajal

Abogado

Universidad Católica del Norte

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