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Negligencias Médicas

En los últimos años, ha incrementado la preocupación en médicos, abogados y a nivel gubernamental, los casos por negligencias médicas, dado que, el paulatino incremento de demandas de indemnización de perjuicios por negligencias médicas ha traído aparejado un efecto social de proporciones, reflejado en la cobertura periodística de casos emblemáticos difíciles de olvidar por la población, la que cada día se muestra más interesada en informarse y conocer sus derechos en materia de salud.
En razón de ésta necesidad social y en vista de que no existe en Chile un grupo especializado de profesionales en dar solución efectiva a esta problemática, se crea este portal inspirado en la defensa irrestricta de los derechos de los pacientes, donde podrá contarnos su caso y si lo desea podrá darlo conocer a la opinión pública de manera de ir creando conciencia para denunciar muchos hechos que quedan en la impunidad.

RIESGO ASOCIADO QUE CAUSO LA MUERTE DE MARÍA VICTORIA 17 AÑOS.

Armando Cortinez Castro. Este hombre a cargo de Ginecología del Hospital Clínico de la Universidad de Chile, el día 8 de marzo del 2007 opero a mi hija, María Victoria, para extraerle un quiste en el ovario, ella ingreso en perfectas condiciones, de hecho el día sábado 3 de marzo se había reunido con sus compañeras de curso y fueron a una fiesta. Sin embargo mi hijita se murió producto de la operacion. Armando Cortinez Castro, dijo que era un riesgo asociado, yo pienso lo contrario porque a mi hija le tomaron los exámenes a las 10:19 pero la ingresaron a pabellón a las 11:00 sin tener los resultados de los examenes, Armando Cortinez Castro, la operó de todos modos, resultado la muerte de mi hijita de 17 años.

El sentido común me dice Sr. Armando Cortinez Castro, primero se evalúa el paciente y en base a los resultados de los exámenes se opera, me pregunto Sr. Armando Cortinez, por qué operó sin los resultados de los exámenes o si los tuvo a la vista porque no se abstuvo de operar . Ver Caso...

LOS MÉDICOS DE CHILE NO SE EQUIVOCAN…SOLO SON RIESGOS ASOCIADOS

Todos los seres humanos cometemos errores y en la vida cotidiana uno asume responsabilidades por errores, negligencias o culpas, pero cuando nos enfrentamos a lo que el sentido común visualiza como a una negligencia médica, debemos ser cautelosos, porque “siempre” existe la manera de buscar una justificación a través de la figura del riesgo asociado a una enfermedad o cirugía , en ese sentido, como chilenos nos debiéramos sentir muy orgullosos de la honestidad y ética de los profesionales de la salud… a tal punto que se puede llegar a pensar que tenemos los mejores médicos del mundo porque en Chile nunca se cometen negligencias sino que simplemente son riesgos asociados…, en consecuencia, podemos estar confiados y decir que en Chile tenemos los únicos seres humanos perfectos …

En buen ejemplo de riesgo asociado es el caso de Juan Carlos Peralta Valenzuela de 22 años de edad que se realizó una operación “hipoplasia maxilar” (para achicar la mandíbula) con el doctor Omar Campos Salvatierra, la que término con dos riesgos asociados 1º ) Extraer tejidos del brazo para realizar un implante de irrigación quedando Juan Carlos con senda cicatriz 2º) extraer un hueso de la cadera para ponerlo en la cavidad bucal que quedo sin parte de la mandíbula superior y por ende sin piezas dentarias .Ver Caso…



Para eximirse de responsabilidad Clínicas invocan
que los médicos no son dependientes ni contratados

Generalmente las Clínicas invocan para eximirse de toda responsabilidad que los médicos no forman parte de sus profesionales contratados y que sólo ocupan las dependencias para tratamiento de sus pacientes particulares. Sin embargo  existen numerosos fallos de nuestros tribunales cuya información puede ser obtenida a través de Internet  donde queda establecido que en estos casos si existe responsabilidad del establecimiento de salud.  

Ley de Transparencia y el Derecho a Solicitar Copia de la Ficha Clínica

Con frecuencia nos escriben dando a conocer la lamentable situación que se produce en los establecimientos públicos de salud de nuestro país que niegan información contenida en la ficha clínica a los pacientes, argumentando, tanto médicos como personal administrativo, que solo se puede obtener una copia de la ficha clínica por orden de un tribunal o el Ministerio Público; ésto no es efectivo, más aún cuando recientemente, ……………….. se ha dictado la Ley de Transparencia cuyo artículo 10 obliga a los servicios Públicos de Chile a entregar información.
Con la finalidad de poner fin a esta practica muy generalizada en los profesionales de la salud, ponemos a su disposición un formato para que UD. afectado por una negligencia médica pueda solicitar su ficha.

Formato de Solicitud de Ficha Clínica

Sr. Director del Hospital ………

Junto con saludarlo, el motivo de la presente es solicitar al Centro Hospitalario que UD. representa, copia de mi ficha clínica, habida consideración de la normativa legal que me ampara, en especial:
La Ley 20.285 Sobre Acceso a la Información Publica, que en su articulo 10 señala: “Toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquier órgano de la Administración del Estado, en la forma y condiciones que establece esta ley.
El acceso a la información comprende el derecho de acceder a las informaciones contenidas en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos, así como a toda información elaborada con presupuesto público, cualquiera sea el formato o soporte en que se contenga, salvo las excepciones legales.”;

La Ley 19.628 Sobre Protección De La Vida Privada, que protege conforme lo prescribe el artículo 2 letra G los datos sensibles que se refieren a los estados de salud y relacionado a ello el derecho a la información establecido en el artículo 13 que señala: “El derecho de las personas a la información, modificación, cancelación o bloqueo de sus datos personales no puede ser limitado por medio de ningún acto o convención, sino cuando se vea afectada la seguridad nacional o el interés nacional.”

Lo que solicito a UD. no es la propiedad del original de la ficha clínica que es un documento reservado que no puede salir del Establecimiento de Salud, sino en virtud de un directo del juez o por disponerlo, el Servicio Médico Legal u otra Institución del Estado, dado lo cual, nada obsta a que esta parte solicite una copia de la ficha Clínica y toda documentación médica de relevancia en mi calidad de paciente.


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Nombre, Firma y Cédula de Identidad.


Negligencias Médicas y Mediación

Si cree estar frente a una negligencia médica se debe reunir todos los antecedentes necesarios para hacer un estudio preliminar de la factibilidad del caso, una vez efectuado este estudio, si se trata de un establecimiento público, se debe interponer el respectivo reclamo ante el Consejo de Defensa del Estadio, ahora bien, si se trata de una clínica privada se debe recurrir a la Superintendencia de Salud para comenzar el proceso de mediación que dura un máximo de 120 días, éste es un proceso sin forma de juicio donde se evalúan los antecedentes y se trata de llegar a un acuerdo indemnizatorio. Si fracasa la gestión de mediación se comenzarán con la gestiones destinadas a interponer la demanda civil, la ley exige que previo a la interposición de una demanda por negligencia médica se lleve a efecto la instancia de mediación y la demanda no será admitida a tramitación si no se acompaña el acta de fracaso de la mediación. Las querellas pueden interponerse directamente en los Juzgados de Garantía sin necesidad de haber participado previamente de la mediación.




Víctor Flores Carvajal.
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